Reflexiones de la Plataforma Lau Haizetara Gogoan sobre la creación de un Instituto de la Memoria.

 

Lau Haizetara Gogoan; Oroimen Historikoaren Euskal Herriko Plataforma.

Reflexiones de la Plataforma Lau Haizetara Gogoan sobre la creación de un           Instituto de la Memoria.

Texto completo de la comparecencia de La Plataforma LHG de la que la fundación Eusko Lurra es miembro en comisión en el Parlamento de Gasteiz.

 INTRODUCCIÓN.-

A lo largo de los trámites para la creación del denominado  Instituto de la Memoria en la C.A.V., nuestra plataforma ha realizado diferentes aportaciones tanto documentales a esta misma comisión como públicas, así como el documento resumen que denominamos “Oroimenaren Giltzarria” (Documento para la elaboración y la valoración de políticas públicas sobre la memoria histórica, muchos de cuyos principios deberían de ser desde nuestro punto de vista referenciales para la propuesta de Instituto de la Memoria), resumen que se adjunta como anexo documental.

Es nuestra voluntad poner en valor la necesaria aportación de organizaciones sociales como la nuestra a un proyecto como el que nos ocupa. Necesario para que el proyecto pueda salir de un ámbito exclusivamente institucional para contar con un mayor respaldo y colchón social de un país tan estructurado en movimientos sociales de todo tipo como es Euskal Herria.

EXPOSICIÓN.-

Desde nuestro ámbito propio de actuación, la memoria histórica relacionada con el Genocidio perpetrado por los franquistas y el posterior terrorismo de Estado, son para nosotros referenciales (y así lo hemos referido en anteriores documentos) los centros de la memoria en recuerdo de la brutalidad ejercida por los regímenes dictatoriales y genocidas. El nazismo en Alemania, la Italia fascista de la primera mitad del siglo XX; pero también los numerosos centros de la memoria en honor a la actividad liberadora del “maquis” francés, los partisanos italianos o  yugoeslavos, etc. Conocemos también  centros de la memoria, sobre experiencias históricas más recientes, como las referidas a las consecuencias del terrorismo de Estado ejecutado en contra de la disidencia política, en países como Sudáfrica, Argentina, Chile, Uruguay, etc.

Todos estos centros de la memoria se han desarrollado como fruto de programas de actuación políticos, sociales e institucionales paralelos y entrelazados entre sí en muchos casos, en los se han abordado de manera integral los 3 ejes fundamentales establecidos en la legalidad internacional para la superación de situaciones de vulneración de derechos, estos son: (1) la  investigación de la verdad, (2) la aplicación de la justicia efectiva (incluida la transicional), y (3) la cumplimentación de las medidas de reparación, incluidas las garantías de no repetición. Sólo así puede entenderse la necesidad de proyectar una mirada constructiva e integradora hacia el pasado.

En nuestro caso la piedra angular de un Instituto Vasco de la Memoria, debería de ser el reconocimiento por todas partes de la existencia de un conflicto sociopolítico en Euskal Herria, cuya última fase comienza con el alzamiento fascista del 36 y se perpetua de diferentes maneras hasta nuestros días. El reconocimiento de la existencia de un conflicto sociopolítico vasco (en sus vertientes nacional y social) no supone ninguna justificación a las vulneraciones de derechos de todo tipo cometidas de forma multilateral. Es simplemente reconocer la realidad para poder afrontarla. Es en definitiva reconocer al otro. En ningún modo  justificar sus vulneraciones de derechos o compartir su relato de lo acontecido. Es para nosotros un espacio pre-democrático.

Se ha afirmado hasta la extenuación por parte de las formaciones denominadas “constitucionalistas”, que la aceptación de la existencia del conflicto vasco era una especie de justificación de las vulneraciones de derechos cometidas por grupos armados vascos. Esto es un verdadero despropósito, ya que si la parte contraria aplicara el mismo rasero, las actuaciones del estado Franquista y las posteriores de terrorismo de Estado pasarían a considerarse como de mera delincuencia común, entrando en una espiral sin sentido. Fue el Franquismo más negro el que negó a sus enemigos la condición política y los transformo en hordas judeo-marxistas-separatistas o simples casos de patología social o mental. No olvidemos las enseñanzas del psiquiatra del régimen Antonio Vallejo Najera en ese sentido y sus teorías demenciales sobre el “Gen rojo” que parecen inspirar algunas opiniones actuales sobre la disidencia vasca.

Cabe recordar que lo que nosotros consideramos simplemente terrorismo de Estado, ha sido recogido en un informe Gobierno Vasco como “Vulneraciones de derechos humanos y sufrimientos injustos producidos en un contexto de violencia de motivación política”. La terminología es importante, ya que no se puede crear desde ella misma categorías de víctimas. “Víctimas de la guerra” (incluidas las del genocidio franquista); Víctimas del terrorismo (las de grupos armados vascos); Víctimas de abusos policiales (las del terrorismo de Estado). El reconocimiento de que todas las víctimas han sufrido vulneraciones en un contexto de violencia política, puede ser un primer paso. Así mismo una conceptuación de víctimas plural que no cree discriminaciones, y sea una aportación a la convivencia normalizada.

ARCO CRONOLÓGICO.-

Creemos totalmente necesario el respeto de lo que denominamos “El arco cronológico” (1936 hasta la actualidad) como base de trabajo de un Instituto de la Memoria.

Poner “el marcador” en 1960 no obedece sino a una visión parcial, sesgada y tremendamente partidista de lo que ha ocurrido en este país. Además de un tremendo desprecio a las víctimas de un genocidio.

INFORME DE LA ONU Y AMNISTIA DE 1977.-

Creemos en este sentido que este parlamento no puede mirar a otro lado ante el demoledor y reciente informe de la ONU sobre las desapariciones forzosas en el Estado Español. Sobre todo en lo referente a la nulidad jurídica de la Amnistía general de 1977 a los casos de genocidio y crímenes de lesa humanidad cometidos por jueces, policías, civiles afectos al régimen (incluidos religiosos/as) y militares españoles. El reconocimiento de la injusticia de esta ley de amnistía y su nulidad jurídica (los crímenes de lesa humanidad y de genocidios no prescriben y no pueden ser amnistiados sin haber sido juzgados) es la pieza clave de cualquier avance en la memoria histórica.

La apertura en Argentina de una causa contra diversos delitos de lesa humanidad cometidos por las autoridades franquistas ha supuesto otro hito en este sentido. Causa que vuelve a chocar con la citada ley de amnistía convertida en dique de la desmemoria de los crímenes de Estado.

La ley de “Ley de Reconocimiento y Protección de las Víctimas del Terrorismo” aprobada en el parlamento de Madrid es para nosotros una fuente continua de discriminación hacia algunas víctimas. Empezando por  (en palabras del parlamentario Joan Tardá) la cruel discriminación que esta ley imponía a los cientos de ciudadanos muertos, torturado/as y todos aquellos ciudadano/as herido/as en el transcurso de la represión desarrollada por el régimen franquista.

CONCLUSIONES.-

Por lo tanto al hablar de la recuperación de la memoria histórica, mediante la constitución de centros de la memoria, es necesario, en primer lugar y desde lo público, construir un relato integral sobre las múltiples violencias enfrentadas habida en la historia reciente de nuestro país; en segundo lugar, definir las responsabilidades y resarcimientos que en justicia correspondan; y, por último, proyectar la mirada hacia el pasado como fuente de enseñanza para que las vulneraciones de derechos humanos, civiles y políticos no se vuelvan a repetir, aprendiendo de los tremendos errores de la, para nosotros/as mal llamada Transición. Es función de las instituciones, en definitiva, poner en valor la injusticia de cualquier vulneración de derechos, en especial los más masivos y crueles. Paralelamente será también necesario que la sociedad vasca entienda que cada parte del conflicto ha de tener el derecho a tener su propio relato sobre lo acontecido sin que esto no sea delito. Sólo desde la pluralidad de relatos se podrá construir una pluralidad social equilibrada en este tema. Lo exigible a la pluralidad de relatos es el respeto a las víctimas y el reconocimiento de las vulneraciones de derechos.

Consideramos que solo la participación de  agentes sociopolíticos, movimientos memorialistas, etc., pueden garantizar la independencia, la transparencia y la claridad de objetivos de un futuro Instituto de la Memoria.

Finalmente estamos convencidos que sólo la aplicación de los derechos de verdad, justicia y reparación y las garantías de no repetición para con todas las víctimas desde el 36 hasta la actualidad, y la aplicación de los principios de una justicia transicional que cierre de una manera efectiva y justa este periodo, pueden crear unas garantías plenas de convivencia en la sociedad vasca y de Euskal Herria con el Estado Español. El mantenimiento de las medidas de excepción, de la denominada “justicia del enemigo” y la absoluta impunidad para las vulneraciones de derechos cometidas por el Estado Español durante décadas no pueden llevarnos más que a nuevas fracturas sociales.

 Euskal Herria, 20 de octubre de 2014.

ANEXOA.-

 

OROIMENAREN GILTZARRIA: GUTXIENEKO BALDINTZAK OROIMEN HISTORIKOA BERRESKURATZEKO ASMOZ BEHAR DIREN POLITIKA PUBLIKOAK GAUZATZEKO.

 

1) Genozidio frankistaren eta Estatu terrorismoaren biktimen eta familiarren zein Oroimen Historikoaren aldeko ELKARTEEN PARTE HARTZEA bermatu,.jarduera programak osatu, ezarri eta baloratzeko garaian.

 

2) IKUSPEGI INTEGRAL ETA KOHERENTE baten izatea bermatu, honako hiru jarduera ardatzetan egituratzen diren programetan: EGIA, JUSTIZIA ETA ERREPARAZIOA EZ ERREPIKATZEKO BERMEAK BARNE.

 

3) EGIA:

3.1) definitu euskal herritarrek jasandako errepresioaren zergatiak eta ondorioak, beroien nortasun politiko, sozial eta kulturala errespetatuz.

3.2) Zentsua osatu pertsona eta eskubide urraketen inguruko kategoria guztiekin, hiritartasunari loturiko eskubideak berreskuratzeko helburuz.

3.3) Bultzatu, eta bidezkoa bada, parte hartu hobien maparen osaketan, gorpuzkinen azaleratzean eta ADN bankuaren osaketan. Protokolorizatutako deshobiraketetan, idazkari judizialak, bake epaileak, udal idazkariak, edota Ertzaintzaren (polizia zientifiko moduan) parte hartzea.

3.4) Bultzatu, eta/edo ezarri programak, artxibategi historikoak eta ahozkoak, grafikoak eta ikus-entzunezkoak diren agiriak antolatu eta katalogatzeko.

 

4) JUSTIZIA.

4.1) Sustatu eta/edo babestu 1977/10/15eko amnistiaren legea ezeztatzea exijituko dituzten ekimenak. Ontzat hartzea ezeztatze hau, oinarrizko printzipio demokratikoa den heinean.

4.2) Bermatu babes juridikoa biktimei, benetako justizia lortzeko behar diren bitarteko ekonomiko eta teknikoak ezarriz horretarako.

4.3) Indarrean jarri testigantzen bilketarako protokoloa eta honen artikulazio dokumentala, baliotasun prozesala izan dezan eskumena duen administrazio judizialaren aurrean.

4.4) Exijitu eta bultzatu erregimen autoritarioak egindako sumario, txosten eta sententzia zigor emaile guztien ezeztatzea eskatzen dituzten ekimenak.

4.5) Exijitu eta bultzatu gizateriaren aurkako krimenaren eta genozidioaren kategoriak eskatzen duten ekimenak.

 

5) ERREPARAZIOA, EZ ERREPIKATZEKO BERMEAK BARNE.

5.1) Ebaluatu, bere osotasunean, biktimekiko zorra (soziala, politikoa eta ekonomikoa), kontuan hartuta egiaren ikerketari esker definitu eta onetsitako urraketak.

5.2) Bultzatu, herri guztietan, euren adskripzio politiko, ideologiko edo sindikala zela medio espedientatuak, depuratuak eta kaleratuak izan ziren funtzionario publikoen eta erakundeetako (publiko zein pribatuak) langileen birgaitzea.

5.3) Ezeztatu erregimen autoritarioarekin lotutako sinbologia eta toponimia, eta aldi berean, erregimenaren krimenei uko egiten ez dieten pertsonalitateei egindako edozein ohorezko aipamen.

5.4) Osatu “Oroimenaren lekuen” zentsua, eta aldi berean leku zehatz horiek “urbaniza ezineko eremu “babestu”tzat izendatu HOOPetan (Hiri Ordenamendu Orokorreko Plangintza) eta gainerako hiri arautegi ezberdinetan.

5.5) Exijitu eta bultzatu oroimen historikoaren transmisioa ziurtatuko duen plangintza baten gauzatzea.

5.6) Exijitu eta bultzatu herritar ororen giza eskubideen, zibilen eta politikoen urraketak ez errepikatzea bermatuko dituzten neurriak.

5.7) Estatu espainiarrak aitortu euskararekiko eta euskal kulturarekiko daukan zor historikoa.

6) EUSKAL HERRIKO EGIAREN BATZORDEAren eraketa exijitu eta bultzatu, puntu eta kito izeneko legeak gaindituz, honako helburuak lortzeko, besteak beste: premiazkoa den agiriak bildu, prozesu judizialak abian jartzeko aztarnak lortu eta erreparazioari loturiko proposamenak (ez errepikatzeko bermeak barne) lantzeko.

 

Euskal Herria, 2014ko urriaren 20an.

 

ANEXO.-

“OROIMENAREN GILTZARRIA”: CONDICIONES MINIMAS EXIGIBLES                 PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS                                            DE RECUPERACIÓN DE LA MEMORIA HISTÓRICA.

 

1) Garantizar la PARTICIPACIÓN DE LAS ASOCIACIONES de familiares y víctimas del Genocidio franquista y el terrorismo de Estado  y de la recuperación de la Memoria Histórica, en el proceso de elaboración, implementación y evaluación de de los programas de actuación.
2) Garantizar la existencia de una VISIÓN INTEGRAL Y COHERENTE en los programas vertebrados por estos tres ejes de actuación: VERDAD, JUSTICIA Y REPARACIÓN INCLUIDAS LAS GARANTÍAS DE NO REPETICIÓN.

 

3) VERDAD:

3.1) Definir las causas y consecuencias de la represión sufrida por la ciudadanía vasca, respetando su identidad política, social y cultural.

3.2) Elaboración del censo de todas las personas y categorías de vulneración de derechos, con el fin de restituir los derechos adscritos a la ciudadanía.

3.3) Impulsar y en su caso participar en la elaboración de mapa de fosas, exhumación de restos y de un banco de ADN. Participación de secretarios judiciales, jueces de paz, secretarios municipales, o de la Ertzaintza como policía científica, en las exhumaciones protocolarizadas.

3.4) Impulsar y/o implementar programas para la organización catalogación de archivos históricos y recuperación de documentación oral, gráfica y audiovisual.

4) JUSTICIA.

4.1) Promover y/o apoyar las iniciativas que exijan la anulación de la ley de amnistía de 15/10/1977. Asumir esta anulación como un principio democrático básico.

4.2) Garantizar la asistencia jurídica a las víctimas, habilitando medios económicos y técnicos suficientes para dar inicio a los procedimientos judiciales necesarios para la consecución de la justicia plena.

4.3) Activación del protocolo de recogida de testimonios y su correspondiente articulación documental, con el fin de dar validez procesal ante la administración judicial competente.

4.4) Exigir e impulsar todas las iniciativas que promuevan la anulación de todos los sumarios, expedientes y sentencias condenatorias realizados por el régimen autoritario.

4.5) Exigir e impulsar todas las iniciativas que promuevan la consideración de los crímenes del franquismo como crímenes de lesa humanidad y genocidio.

 

5) REPARACIÓN, INCLUIDAS LAS GARANTIAS DE NO REPETICIÓN.

5.1) Evaluar, en toda su dimensión, la deuda (humana, social, política y económica) para con las víctimas, en orden a la reparación de las vulneraciones definidas y validadas, a través de la investigación de la verdad.

5.2) Impulsar en todas las localidades la rehabilitación de funcionarios públicos y trabajadores de las instituciones (públicas y privadas) que fueron expedientados, depurados y despedidas como consecuencia de su adscripción ideológica, política, sindical.

5.3) Eliminación de simbología y toponimia relacionada con el régimen autoritario, así como cualquier mención honorífica a personalidades del régimen que no se retracten de los crímenes cometidos por el mismo.

5.4) Elaboración de un censo de “lugares de la memoria” y su declaración como “zona protegida no urbanizable” en los PGOU y en las diferentes normativas urbanísticas.

5.5) Exigir e impulsar la elaboración de un plan de transmisión generacional de la memoria histórica. 5.6) Exigir e impulsar medidas que garanticen la no repetición de las vulneraciones de DDHH, civiles y políticos de toda la ciudadanía.

5.6) Reconocimiento de la deuda histórica del Estado español, para con el euskera y la cultura vasca.

6) Exigir e impulsar la creación de la COMISIÓN DE LA VERDAD DE EUSKAL HERRIA, como instrumento para, superando las leyes de punto final, recabar la necesaria documentación, obtener elementos indiciarios para el inicio de procesos judiciales y elaborar propuestas de reparación, incluidas las garantías de no repetición.

 Euskal Herria, 20 de octubre de 2014.

 

 

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